Resistencia al fuego según el Código Técnico de Edificación
En la protección pasiva contra incendios (PPCI), la resistencia al fuego es un concepto clave. Esta resistencia se refiere a la capacidad de los elementos para mantener sus propiedades y funcionalidad durante un incendio, impidiendo así su propagación.
Las medidas de protección pasiva tienen como principal objetivo evitar pérdidas humanas y materiales, proporcionando tiempo adicional para la evacuación. Antes de realizar la aplicación de las medidas de protección pasiva contra incendios sobre los elementos a ignifugar, es esencial comprender los conceptos básicos y la normativa vigente. Uno de esos conceptos es el REI (Resistencia, Integridad y Aislamiento).
Para elegir adecuadamente la resistencia al fuego a emplear, es necesario conocer aspectos sobre la estructura y las temperaturas a las que puede llegar el material en contacto con el fuego. Por lo tanto, es fundamental seguir las indicaciones del Código Técnico de Edificación (CTE).
¿Qué significan las siglas REI?
Conforme a las nuevas clasificaciones europeas, las que aplica el CTE son:
- R (resistencia): Indica el tiempo durante el cual un elemento es capaz de mantener su función portante. Sólo es aplicable a un elemento estructural.
- E (integridad): Tiempo durante el cual un elemento es capaz de mantenerse como barrera al paso de la llama y de los gases. No se aplica a un elemento que no sea separador. Por ejemplo, una pared o un forjado, etc.
- I (aislamiento): El tiempo durante el cual un elemento es capaz de mantenerse como barrera al paso del calor. Tampoco es aplicable a un elemento no separador.
Por otra parte, puedes encontrar distintas variantes de comportamiento de dichas clasificaciones.
¿Qué debes conocer sobre la resistencia al fuego?
En términos generales, deberíamos conocer que la elevación de la temperatura que se produce, como consecuencia de un incendio en un edificio, afecta a la estructura de dos formas diferentes. Encontramos que, las propiedades de los materiales se ven afectadas con la modificación de su capacidad mecánica y, también, como consecuencia de las deformaciones de los elementos, aparecen acciones indirectas que dan lugar a tensiones, que se suman a otras acciones.
Asimismo, en elementos estructurales principales, cuando hablamos de la resistencia al fuego, se considera que un elemento la tiene si durante un incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones no supera el valor de la resistencia de este elemento. Normalmente basta con hacer la comprobación en el momento en que la temperatura alcanza su mayor grado. Se considera que en un elemento estructural hay una resistencia suficiente, si el tiempo indicado en minutos alcanza la resistencia necesaria que soporta durante el tiempo de exposición al fuego (Tabla 3.1 o 3.2 del Código Técnico de Edificación).
Por otra parte, cuando hablamos de los elementos estructurales secundarios, nos referimos a que dichos elementos, cuyo colapso ante la acción directa del incendio no pueda ocasionar daños a los ocupantes, ni afectar a la evacuación, ni comprometer a la estabilidad general de la estructura. Así como tampoco afecta la compartimentación entre sectores de incendios, como entreplantas o suelos, y no precisan cumplir ninguna exigencia de resistencia al fuego.
¿Cómo se establece el valor de la resistencia al fuego exactamente?
Realmente, tenemos diferentes opciones para establecer el valor de la resistencia al fuego. La primera de ellas es comprobando las dimensiones de su sección transversal. Seguidamente, obteniendo su resistencia por métodos simplificados recogidos en el CTE. Y, también, por la realización de los ensayos establecidos en el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo.
Tienes que saber que, cuando analizamos un elemento, puedes considerar que las coacciones en los extremos y apoyos durante el tiempo de exposición al fuego no varían si lo comparas con las que se producen a temperaturas normales.
Como consecuencia, queremos que puedas entender el significado del tipo de resistencia al fuego que se necesitará en cada situación.
A cada elemento la reglamentación le exige, según la respuesta frente al fuego, unos criterios que sean necesarios para garantizar esa respuesta. A un elemento estructural no separador, se le exige sólo una “R” durante un tiempo determinado (t’), que depende de la altura y el uso del edificio (Tabla 3.1 del CTE DB-SI6). Por otro lado, un elemento que debe compartimentar un sector de incendio, escalera protegida o local de riesgo especial, exigen una EI-t’ ya que para esa función no es necesaria ninguna “R”.
Un elemento que cumple dos o más funciones frente al fuego deberá satisfacer las exigencias de cada una de esas funciones. Es por ello que, si es compartimentador y estructural (por ejemplo, un muro de carga, o un forjado separador de sectores de incendio) será EI-t1’ para el primero y R-t2’ para el segundo.
Por ejemplo, un elemento estructural y además separador, como un forjado, puede tener una clasificación: REI-60’, RE-90’, R-120’, R-180’ o incluso R-240’. Es decir, mantiene los tres conceptos (resistencia, integridad y aislamiento térmico) durante los primeros 60 minutos, después empieza a perder la capacidad de aislamiento térmico, pero mantiene la función portante y la integridad hasta los 90 minutos. Y, por último, se pierde la integridad, pero sigue manteniendo la capacidad portante hasta un máximo de 240 minutos.
Con toda esta información, podréis saber un poco más sobre que aplicación específica necesita y debe cumplir el elemento a ignifugar, en el cual existen ciertas exigencias reglamentadas para su resistencia al fuego.
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